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25 de Noviembre 2019

#25N Hitos de la Justicia Feminista en Latinoamérica y el Caribe

La lucha feminista en la región avanza con fuerza transnacional y una potencia transformadora que ha logrado que sus demandas estén en la agenda pública y política, pero también hubo logros concretos que marcan esta época de desobediencia al patriarcado. Con motivo de este 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de las Violencias hacia las Mujeres, la Red de Periodistas Feministas de América Latina y el Caribe se reúne para exhibir las transformaciones más relevantes basadas en el reclamo de justicia. Participaron en este especial 22 medios de los siguientes países de la región: Perú, Argentina, Guatemala, El Salvador, Chile, Paraguay, Uruguay, México, Ecuador y Cuba.

ARGENTINA 

Ley Brisa: Reparación económica para hijos e hijas de víctimas de violencia de género – N° 27.452. En julio de 2018 el Congreso de la Nación aprobó la “Ley Brisa”. Según dice, el Estado debe garantizar una cobertura integral de la salud y una reparación económica mensual para hijos o hijas que hayan perdido a alguno de sus progenitores por violencia de género o intrafamiliar en todo el país. La suma es equivalente a una jubilación mínima y está destinada a personas menores de 21 años o con discapacidad.

Ley Micaela: Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las mujeres. N° 27.499. Se aprobó el 18 de diciembre de 2018. Establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. Fue impulsada por el Movimiento Evita y por la familia de Micaela García, violada y asesinada en 2016 en la ciudad de Gualeguay.

Caso Diana Sacayán: el asesinato que por primera vez fue catalogado como travesticidio. La referente y militante por los derechos LGBT+ Diana Sacayán fue asesinada el 11 de octubre de 2015 en su departamento de Flores. Por primera vez una causa fue caratulada como travesticidio. Luego del juicio, en 2018, en una sentencia histórica, Gabriel David Marino fue condenado a prisión perpetua. Los jueces consideraron a Marino como el coautor del “homicidio agravado por odio de género y violencia de género” y confirmaron que se trató de “crimen de odio a la identidad travesti”.

CHILE 

En septiembre de 2017, Chile logra una ley de aborto en tres causales. Por 27 años se mantuvo vigente una legislación que vulneraba gravemente la dignidad y los derechos de las mujeres en el país. La dictación de la Ley Nº 21.030 que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales (publicada en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2017) permite superar la criminalización total del aborto vigente e instaura un modelo de causales. El nuevo régimen brinda una protección básica al derecho a la vida de las mujeres y a su integridad física, sexual y psíquica; al permitir la interrupción del embarazo en establecimientos de salud en los casos más graves: (1) riesgo vital, (2) inviabilidad fetal y (3) violación sexual, sujeta esta causal a plazos acotados. Sin embargo, ello no constituye el reconocimiento pleno de los derechos humanos de las mujeres y las niñas, por cuanto la legalización comprende sólo tres causales y  excluye la inmensa mayoría de situaciones en que se requiere interrumpir un embarazo, manteniendo a su respecto la criminalización.

Mayo feminista 2018: La rebelión contra el patriarcado. Un movimiento que se convocó a una multitudinaria marcha por “una educación no sexista”. La rebelión basada en terminar con la violencia sexual al interior de las universidades y con las estructuras machistas presente en ellas, comenzó como un reclamo de las estudiantes. Demanda que hizo eco en otros espacios de la sociedad, para develar que la violencia hacia la mujer es transversal. Un movimiento que tuvo como fecha ícono el 16 de mayo de 2018 cuando se convocó a una multitudinaria marcha por “una educación no sexista”.

El 3 de mayo de 2019 se promulga la Ley contra el acoso sexual callejero. El 3 de abril de 2019 Chile aprobó el proyecto de ley de Respeto Callejero, presentado hace 5 años como una iniciativa ciudadana del Observatorio Contra el Acoso Chile, OCAC, siendo publicada la ley en el Diario Oficial, siendo promulgada y entrando en vigencia en mayo de este año.

COLOMBIA

En el 2015 se reconoció el feminicidio como un delito con una pena entre 20 a 40 años de cárcel. Rosa Elvira Cely tenía 35 años. Trabajaba como vendedora ambulante de día y validaba su bachillerato en la noche. Hace siete años un compañero de estudios la agredió brutalmente en el Parque Nacional de Bogotá. La torturó, apuñaló y abusó sexualmente. Aunque logró recibir atención médica, falleció luego de varios días. Su asesinato movilizó a toda la sociedad colombiana y resultó en la implementación de la Ley 1761 mejor conocida como Ley Rosa Elvira Cely. En el 2015 se reconoció el feminicidio como un delito con una pena entre 20 a 40 años de cárcel.

En el 2015 se aprueba el decreto 1227: mujeres y hombres trans pueden corregir su sexo en el registro civil y la cédula de ciudadanía en cualquier notaría del país. Desde el 2015 mujeres y hombres trans pueden corregir su sexo en el registro civil y en la cédula de ciudadanía en cualquier notaría del país, tras la aprobación del decreto 1227. Incluso, ya no requieren de un certificado psiquiátrico de disforia de género para poder acceder al trámite. Luego de promulgada la norma, entre junio y julio de ese año, más de 600 personas corrigieron sus documentos. La mayoría de masculino a femenino. Este decreto permitiría más acceso a servicios esenciales como la salud y educación.

El caso de Mónica Godoy le exigió al Ministerio de Educación crear lineamientos para que las instituciones universitarias atiendan los casos de acoso sexual. En el 2017 Mónica Godoy era docente en la Universidad de Ibagué en Tolima. Durante un taller sobre equidad de género, cinco empleadas del cuerpo de vigilancia le confesaron que sufrían hostigamiento sexual, rozamientos y tocamientos por compañeros de trabajo. Tras estas denuncias, la profesora informó al rector y días después no recibió la renovación de su contrato. Fue despedida de manera injustificada. Este caso fue notorio a nivel nacional e internacional. Luego de varias audiencias, en 2018 la Corte Constitucional falló a favor de la docente y ordenó su reintegro. Además, le exigió al Ministerio de Educación crear lineamientos para que las instituciones universitarias atiendan los casos de acoso sexual.

CUBA

En 2019 unas 40 ciudadanas cubanas presentaron una solicitud de Ley Integral contra la Violencia de Género en Cuba. La solicitud fue presentada a la Asamblea Nacional del Poder Popular (parlamento unicameral) y que suma alrededor de 200 firmas de apoyo en Internet en apenas un día. Sin embargo, la actual solicitud se enmarca en un año con fuertes sucesos políticos-institucionales en el país caribeño, entre estos cambios está la aprobación de la nueva Constitución que “estableció la obligatoriedad del Estado de proteger a las mujeres de la violencia de género y crear los mecanismos institucionales y legales para ello”, señalan las firmantes. En 2019 también fueron publicados los resultados de la ENIG-2016, que “verificó que la violencia de género al interior de las parejas es un problema relevante a escala nacional”. Cuba presentó en abril su Primer Informe Nacional sobre la Implementación de la Agenda 2030, que incluyó el primer dato oficial público sobre femicidios en el país.

ECUADOR

Aprobación de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres – LOIPEVM. La Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres – (LOIPEVM) se aprobó el 25 de noviembre de 2017, después de años de lucha de las organizaciones feministas y de mujeres que exigían una legislación que además de sancionar la violencia de género, la prevenga.  Seis de cada diez mujeres han sido víctimas de algún tipo de violencia a lo largo de sus vidas, cuatro de cada diez fueron víctimas de violencia sexual en Ecuador, según la Primera Encuesta de Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las mujeres, realizada en 2011. Con estas cifras se construyeron una serie de políticas públicas y programas de concienciación sobre la violencia de género. En 2014, entró en vigencia el Código Orgánico Integral Penal (COIP) que por primera vez tipificó la violencia de género y el femicidio como delitos, esto también permitió que se genere estadística sobre estos casos, que antes estaban ocultas en otros delitos que no reflejaban la magnitud de la violencia ejercida contra las mujeres y las niñas.

Sentencia del Caso Vanessa Landínez Ortega. Vanessa Landínez Ortega tenía 37 años y una hija de año cuando fue asesinada el 19 de octubre de 2013, apenas dos días después de que la Asamblea Nacional aprobara el Código Orgánico Integral Penal que incluía el tipo penal de femicidio. La reforma recién  entró en vigencia en agosto de 2014, por lo que la muerte de Vanessa no fue juzgada como femicidio, pero su caso fue uno de los que despertó la lucha contra la violencia feminicida en Ecuador. La “Plataforma Justicia para Vanessa” y después la plataforma “Vivas Nos Queremos Ecuador”  motivó la formación de espacios de acompañamiento político, psico social y legal a familiares de víctimas de femicidio y a sobrevivientes de la violencia de género.  Rosita, prima de Vanessa fue una de las promotoras de estos espacios. El asesino de Vanessa, alguien con poder económico, fue en primera instancia absuelto. La sentencia inicial cuestionó el lugar y la hora donde se encontraba Vanessa y afirmaron que la muerte fue provocada por una caída. Los medios de comunicación culpabilizaron a Vanessa de su propia muerte y la justicia hizo lo mismo.  La familia apeló la sentencia y el proceso fue anulado. El caso fue reabierto y pasó a manos de la Fiscal de Género Mayra Soria en noviembre de 2016. Finalmente el 20 de julio de 2018 se ratificó la sentencia en segunda instancia, otorgando seis años de prisión a Esteban Guerrero Ortiz, por homicidio preterintencional. La sentencia incluye varias medidas de reparación para la familia por parte de los medios de comunicación, una de ellas es que los medios de comunicación aborden el caso y la historia de Vanessa desde una narrativa no revictimizante. Es la primera vez que incluye una medida así en una sentencia sobre violencia de género.

Sentencia del caso Juliana Campoverde y Ley de Desaparecidos y Desaparecidas. Juliana Campoverde tenía 20 años cuando desapareció el 12 de julio de 2012. Desde los primeros días que reportaron la desaparición de Juliana, su familia sospechó del pastor evangélico Jonathan Carrillo y su familia, quienes dirigían la Iglesia Evangélica “Oasis de Esperanza”, a la cual Juliana y su familia asistían hasta pocos meses antes de su desaparición. La primera fiscal designada al caso le dijo a la madre de Juliana que la joven regresará en nueve meses con un bebé en brazos, además, se negó a realizar varias pericias indispensables para el caso porque creía que Jonathan Carrillo era inocente por ser evangélico, la misma religión que profesaba la fiscal. Pasaron seis años, y diez fiscales más, para que la persona señalada como principal sospechosa, sea detenida e investigada. Jonathan Carrillo confesó haber estado con Juliana el día de su desaparición, que ella murió en su compañía y que él se deshizo del cadáver en una quebrada ubicada al norte de la ciudad de Quito. Siete años después de la desaparición de Juliana Campoverde, el 17 de julio de 2019, Jonathan Carrillo fue sentenciado a 25 años de prisión por el delito de secuestro extorsivo con resultado de muerte.

EL SALVADOR

En el 2012 se aprobó una Ley Especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres (LEIV). Fruto del esfuerzo sostenido de organizaciones de mujeres, esta ley entró en vigencia en el 2012. Es una herramienta legislativa enfocada específicamente en prevenir, perseguir y erradicar la violencia hacia las mujeres en los diferentes ámbitos de vida. De esta manera el estado reconoce la necesidad de no solo de la gravedad del fenómeno, sino también la necesidad de intervención de la institucionalidad estatal. En esta ley se amplía los tipos de violencia a la que pueden estar sometidas las mujeres y se establece un sistema de recolección de datos y estadísticas sobre el fenómeno. Además por primera vez aparece explícitamente penalizado el feminicidio en forma simple y agravada.

El caso Beatriz durante el 2013  fue el detonante en la discusión y lucha sobre la penalización absoluta del aborto. Beatriz es el nombre de una mujer que en el 2013 pidió un amparo a la Corte Suprema de justicia para que le permitiera interrumpir su embarazo. Era su segunda gestación y desde casi el inicio supo que el feto no viviría después de nacer: era anencefálico. Ella padecía, desde su adolescencia, lupus eramitoso sistémico. Ante el posible riesgo de complicaciones y de muerte, Beatriz decidió que no quería seguir con su embarazo y llevo su deseo hasta la Corte. Finalmente el amparo le fue denegado. Gracias a la intervención de su perinatólogo se le practicó una cesárea en la semana 26 de gestación. Pese al fracaso legal, este caso puso por primera vez en la palestra pública la discusión sobre las consecuencias de la penalización del aborto que llegó a toda la sociedad. Además la corte estableció la necesidad de crear legislación para poder interrumpir embarazos como forma de prevenir la muerte o daños graves a la salud de las mujeres. Beatriz murió en un accidente de tránsito en el 2017.

En el 2015 se realizó la reforma al código Penal que agrava penas a crímenes por odio. En 2015 se hacen  Reformas al Código Penal, en los artículos 129 y 155, considerando como agravantes los homicidios cometidos por razón de género, identidad, expresión de género u orientación sexual, castigando con penas de hasta 50 años a quien cometa dichos crímenes. Este fue el resultado de una lucha incansable de organizaciones lesbotransfeministas en su mayoría. La reforma significó el reconocimiento por parte del Estado salvadoreño a los crímenes por odio causados mayoritariamente a mujeres trans.

En el 2016 se presenta la propuesta para despenalizar el aborto por 4 causales. Después de casi 20 años de la penalización absoluta del aborto, organizaciones feministas presentaron al pleno legislativo una propuesta de despenalización en cuatro causales: Cuando la vida y la salud de la mujer corran peligro; cuando el embarazo sea fruto de violación sexual o trata de personas; cuando exista una malformación del feto que haga inviable la vida fuera del útero; en casos de violación contra menores de edad o estupro. Aunque no se logró aprobar las cuatro causales, se puso el tema en la opinión pública, surgió el debate que actualmente abre el camino para lograr la despenalización.

En el 2019 liberaron a Evelyn Hernández, una mujer criminalizada por parto extrahospitalario y condenada a 30 años de prisión acusada de homicidio agravado

La penalización absoluta del aborto en El Salvador ha traído como resultado la criminalización de mujeres que enfrentan emergencias obstétricas y/o partos extrahospitalarios, como Evelyn Hernández, que en 2016 enfrentó un parto extrahospitalario en la letrina de su casa. Ella fue condenada a 30 años de prisión acusada de homicidio agravado. Su juicio, como el de las otras mujeres condenadas por estos mismos casos, estuvo lleno de estereotipos de género y carente de toda prueba que la incriminara. La condena fue apelada por la defensa de Evelyn, y una instancia superior en derecho la desestimó; además envió a que el juicio se hiciera nuevamente  por la falta de pruebas. En el nuevo juicio (2019) la Fiscalía no pudo sostener su tesis de homicidio y Evelyn es absuelta. Este caso marcó un hito porque es la primera vez que una Cámara superior de derecho resolvía sobre estos casos, por lo tanto deja en evidencia la necesidad de reformar las leyes que condenan injustamente a las mujeres, como la prohibición absoluta del aborto.

GUATEMALA           

Caso Sepur Zarco: Fueron 15 mujeres que crearon un hecho histórico a través de sus testimonios en época de guerra. El 26 de febrero de 2016, el tribunal de mayor riesgo “A”, condenó al coronel Esteemer Francisco Reyes Girón a 125 años de prisión por el delito contra deberes de la humanidad en sus formas de violencia sexual, esclavitud sexual y esclavitud doméstica; también al comisionado militar, Heriberto Asij Valdez, a 240 años por los delitos antes mencionados y por desaparición forzada, en contra de 15 mujeres Maya Q’eqchí, que después de 34 años de silencio; denunciaron los actos de violencia de género, violación y esclavitud sexual ocurridos a mujeres y niñas en los años 1982 y 1983 durante la guerra civil en Guatemala.

Caso Molina Theissen: sentencian a militares de alto rango por desaparición forzada, tortura y violación. Emma Guadalupe Molina Theissen escapó el 5 de octubre de 1981 de las instalaciones de la zona militar del occidental departamento de Quetzaltenango. Fue torturada y violada durante 9 días. Un día después, militares irrumpieron en su casa, ubicada en ciudad de Guatemala y desaparecieron a su hermano menor, Marco Antonio Molina Theissen, de 14 años. El 23 de mayo de 2018, el juez Pablo Xitumul, del Tribunal C de Mayor Riesgo, condenó de 33 a 58 años de prisión inconmutables al general Manuel Benedicto Lucas García, ex jefe del Estado Mayor del Ejército; general Manuel Antonio Callejas y Callejas, ex jefe de inteligencia militar; coronel Hugo Ramiro Zaldaña Rojas, oficial de inteligencia militar; coronel Francisco Luis Gordillo Martínez, comandante y el subcomandante, general Edilberto Letona Linares.

Caso Hogar Seguro: Justicia para Ashly Rodríguez y 55 niñas más. El 7 de marzo del 2017, adolescentes del programa de Protección y Abrigo de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia protestaron en contra de abusos y maltratos cometidos en el Hogar Seguro “Virgen de la Asunción”. Tras una redada policial, Ashly Rodríguez de 14 años fue encerrada como castigo, junto a 55 niñas más, en un aula que ardió en la madrugada del 8 de marzo y cobró la vida de 41 niñas. Ashly había sido institucionalizada unas semanas antes del incidente con el objetivo de protegerla de miembros de una pandilla que vivían cerca de su hogar y que la acosaban. Han pasado dos años de la tragedia y el caso aún no ha sido resuelto.

Aprobación de la Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas. En enero de 2016 el Congreso de la República de Guatemala aprobó la Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas, una norma que crea y regula el funcionamiento de un mecanismo de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas, el cual permite su localización en breve tiempo y su resguardo, para evitar que tras su desaparición puedan ser objeto de otro tipo de delitos, asesinadas o trasladadas a otras comunidades o países. Esta ley favoreció la creación de la Alerta Isabel-Claudina el 6 de agosto de 2018, que se activa en el momento en el que se registra la desaparición de una mujer.

Aprobación de la iniciativa para crea oficinas de la mujer en las municipalidades de Guatemala. En agosto de 2016 el Congreso de la República de Guatemala aprobó una iniciativa para crear oficinas de la mujer en los municipios del país. Las nueva norma exige que las municipalidades que hasta entonces no tuvieran esta oficina creen los mecanismos para implementarla. Las oficinas dan asistencia especializada a mujeres y a partir de esta iniciativa, son las responsables de atender sus necesidades específicas en cada localidad, de fomentar su liderazgo y desarrollo comunitario y su participación económica y política con pertinencia cultural.

PARAGUAY

Noviembre de 2016: Se aprobó una ley para condenar los feminicidios – N°  5777. Luego de mucho debate y la oposición de grupos autodenominados “pro-vida” y “pro-familia”, ambas cámaras del Congreso de Paraguay aprobaron una histórica legislación para las mujeres: la Ley 5777 de protección integral contra toda forma de violencia a las mujeres. Así el país se convirtió en el décimo-octavo de Latinoamérica y el Caribe en tipificar como feminicidio los asesinatos a mujeres por razón de género. Producto del trabajo articulado de organizaciones, colectivos y activistas feministas, la ley caracteriza 15 tipos de violencia de género, como la violencia sexual, patrimonial, obstétrica y telemática. También esboza mecanismos de protección a sobrevivientes como asistencia legal y refugio.

Un antes y un después: El paro del 8 de marzo de 2017 por el día internacional de la mujer. El 8 de marzo de 2017 marcó un hito en el movimiento feminista en Paraguay. Alrededor de diez mil mujeres tomaron las calles del centro histórico de Asunción y otras ciudades bajo la consigna “Roikovese ha roikoveta” en guaraní, que en español significa “Vivas nos queremos”. La marcha que se realizó en el marco del paro internacional significó un gran avance por la convocatoria lograda, la masificación de las consignas y demandas feministas y el proceso de construcción asamblearia de este evento. Más de 50 organizaciones y colectivos colaboraron para su organización, y así se llenaron las calles de niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres adultas con pancartas y carteles que exigían igualdad salarial, no más violaciones y un alto a los feminicidios. 

Octubre de 2019: El asesinato a Romina Vargas, una mujer trans, reconocido como un crimen de odio, fue el primero en llegar a juicio en el país y recibir una condena. El 16 de octubre de 2017, Romina Vargas iba a comprar su almuerzo en la ciudad de San Lorenzo. Pero ni siquiera pudo llegar a la despensa porque en el camino Blas Enrique Amarilla la apuñaló y Romina murió. Antes, el hombre ya había agredido a otras mujeres trans. Dos años después, la justicia paraguaya lo condenó a 25 años de cárcel, reconociendo que el crimen fue motivado por el odio manifiesto a las personas trans. Fue el primero de un asesinato a una mujer trans en llegar a juicio en el país y recibir una condena.

PERÚ

Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos – N° 30314. El Congreso de la República del Perú aprobó el 4 de marzo de 2015 esta ley para prevenir y sancionar el acoso sexual callejero. También para atender a quienes sufran este delito. Mediante esta norma se formalizó la pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor a cuatro años para quienes hostigan o acosan sexualmente sin el consentimiento de una persona. También para quienes ayudan al acosador a perpetrar este acto. Si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad o está embarazada, el acosador deberá cumplir una pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor a ocho años. Esta ley se concretó luego de que la actriz Magaly Solier denunció en mayo de 2014 cómo sufrió acoso sexual en el Metropolitano de Lima. A partir de ello, el colectivo Paremos el Acoso Callejero hizo incidencia en el tema para que se sancionaran estas conductas.

Decreto Legislativo N°1428: desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición en situación de vulnerabilidad. Tras la desaparición de Solsiret Rodríguez Aybar, joven universitaria cuyas circunstancias en las que se desconoció su paradero son extrañas e indican que su pareja la habría asesinado, se crea este decreto legislativo. En el reglamento de esta norma se indicó que debía elaborarse un protocolo para atender denuncias de desaparición de mujeres con antecedentes de violencia por parte de su pareja. Debía estar listo en mayo de 2019. Las familias de las mujeres desaparecidas continúan a la espera de ello.

PUERTO RICO

En el 2015: primera adopción entre pareja homosexual. En el 2015 Ángeles Acosta se convirtió legalmente en la segunda madre de Juliana, tras el reconocimiento al derecho a la adopción en el matrimonio del mismo sexo. Con esta decisión, el Tribunal Supremo ordenó al Registro Demográfico inscribir a la adolescente de 15 años con los apellidos de ambas madres. La pareja había comenzado el trámite de adopción en el 2005, pero había sido rechazado porque aún estaba prohibido el matrimonio igualitario en la isla.

En el 2017 Renuncia Héctor O’Neill, alcalde acosador. En el 2016 la policía Yenetamie Diaz radicó una querella contra el alcalde del municipio de Guaynabo Héctor O’Neill. Lo acusaba de violación, agresión, acoso sexual, restricción de la libertad y exposiciones deshonestas. Su denuncia fue noticia nacional, tras la publicación investigativa de la periodista Ivette Sosa y las protestas de la Colectiva Feminista en Construcción. Aunque el alcalde se resistió, renunció a su cargo en 2017. El informe del Departamento de Justicia presentó declaraciones juradas de dos presuntas víctimas y le imputa entre 20 posibles violaciones al Código Penal, a la Ley de Ética Gubernamental y a la Ley de Violencia Doméstica. Su caso continúa abierto.

En el 2018: Caso de Alma Yarida. Alma Yarida Cruz, estudiante de educación especial, sufría acoso escolar. A sus 11 años le decían: “negra sucia, “negra dientúa”, “negra asquerosa” y “mona”. Un día intentó detener las burlas. Alegadamente, habló con lenguaje rudo, empujó a una de sus compañeras y amenazó a otra de ellas con tirarla por las escaleras. La arrestaron por agresión simple, amenaza y alteración a la paz. De inmediato, surgieron protestas en apoyo y contra el racismo. En el 2018, luego de un año, el Departamento de Justicia desistió del caso.

URUGUAY 

Durante el 2016 se busca la incorporación de la figura de feminicidio para visibilizar los crímenes de odio hacia las mujeres. Tras años de señalar a nivel nacional e internacional la necesidad de que exista la figura de  femicidio para visibilizar los crímenes de odio hacia las mujeres, y luego de dos años de alertas feministas (movilizaciones callejeras para denunciar un nuevo femicidio en el país) el Poder Ejecutivo promueve la incorporación de esta figura como un numeral en el Código Penal. La decisión deja un sinsabor en las agrupaciones feministas, ya que no buscaban ni agravamiento de penas ni que fuera un artículo nomás sino parte de una reforma necesaria e integral (aún en deuda) del Código Penal. En Uruguay matan a unas 30 mujeres por año, uno de los índices más altos en la región, en relación con el total de población. En 2017 se aprueba la ley integral contra la violencia hacia las mujeres. La nueva ley profundiza y específica 18 tipos de violencia machista incluyendo violencia obstétrica, simbólica y mediática. Prevé creación de juzgados específicos y otras medidas pero todavía no tiene asignado el presupuesto suficiente ni ha sido reglamentada en su totalidad.

Durante el 2018, las personas trans cuentan con una ley integral. La ley aprueba la designación de reparaciones simbólicas y económicas para aquellas que sufrieron violencia institucional durante el terrorismo de Estado. También simplifica el trámite para el cambio de sexo registral, establece el cupo laboral trans, garantiza el acceso a la salud y a tratamientos hormonales, promueve acciones para diseñar políticas públicas de inclusión social y educativa para disminuir la discriminación. La ley fue respaldada por la sociedad en un pre-referéndum promovido por sectores políticos neopentecostales, desarrollado en 2019.

MÉXICO 

En noviembre 2019 la jefa de gobierno de la Ciudad de México decretó Alerta por Violencia contra las mujeres. A raíz de las marchas feministas contra las violencias machistas, la jefa de gobierno de la Ciudad de México Claudia Scheinbaum decretó Alerta por Violencia contra las mujeres. Acompañan a la alerta medidas como la creación de un Registro Público de Agresores Sexuales, la ratificación de la urgencia de una ley que sancione el acoso y la violencia digital, el aumento del presupuesto para los Centros de Atención en 2020 y la construcción de mayores senderos seguros para la circulación de mujeres.

Medios que colaboraron en esta campaña de #JusticiaFeminista producida por la Red de Periodistas feminista de América Latina y El Caribe son: Agencia Ocote, Alharaca, Anfibia, Cosecha Roja, Contra corriente, El Desconcierto, El Pacifista, El Surtidor, LATFEM, Marcha, Mujeres en el Medio, Muy Waso, NODAL, Onda local, Red Colombiana de Periodistas con visión de género, Prensa Comunitaria Guatemala, Prensa Libre, Revista Alma Mater, Revista la Brújula, Pro Davinci, Todas, Wambra Medio Digital Comunitario y VICE. Periodistas participantes: Nicol León Arge, Norihelys Ramos Rodríguez, Fabiola Gutiérrez, Ana María Acosta, Luisana Aguilar, Lucía Cholakian Herrera, Agustina Frontera, Florencia Alcaraz, Paloma Navarro, Agustina Banchiero, Natalia Arenas, Leila Mesyngier, Sonia Izquierdo Mt, Azul Cordo, Clanci Rosa, Florencia Goldsman.